En el primer semestre de 2009, la Procuraduría Federal del Consumidor detectó 47 casos de publicidad comparativa en tiendas, telecomunicaciones, productos de belleza e higiene con elementos que inducen al error o confusión del consumidor, por lo que reactivó su proyecto de aplicar una norma en contra de estas prácticas.
La nueva propuesta de la Profeco se realiza luego de que los principales sectores involucrados rechazaron su propuesta de regulación en 2006 y la nueva versión tiene como novedad la aplicación de sanciones.
Profeco pretende discutir con las empresas un Acuerdo por el que se establecen los lineamientos de información o publicidad comparativa en materia de precios de bienes, productos o servicios, a fin de reducir significativamente los riesgos al consumidor por la difusión de publicidad engañosa o abusiva.
De acuerdo con el proyecto de la Profeco, en el acuerdo se dan a conocer los procedimientos y acciones presentes en la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) respecto a las infracciones que realizadas.
De enero de 2008 a agosto pasado la Dirección de Publicidad y Normas de Profeco cuenta con 34 expedientes en materia de publicidad comparativa, lo que significa que hay investigaciones pendientes.
En ese sentido, la Profeco tiene facultades para requerir la corrección y sancionar estas prácticas comerciales, bajo lo establecido expresamente en la LFPC que establece que la información o publicidad que compare productos o servicios, sean de una misma marca o de distinta, no podrá ser engañosa o abusiva.
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