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SCJN revisa pugna Televisa-TV Azteca por "Tri"

September 22 2009 at 9:00 AM

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Invertia México

MEXICO, Septiembre. 21.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisará esta semana la disputa entre Televisa y Televisión Azteca por el registro de una de las marcas más codiciadas del mercado: la frase Ponte la Verde, que identifica a la selección nacional de futbol.

La controversia comenzó en noviembre de 2008, cuando el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) negó una solicitud de la empresa de Emilio Azcárraga para declarar la nulidad del registro marcario 911544, que ampara la frase Ponte la Verde, otorgado en favor de TV Azteca en enero de 2006.

Ambas televisoras han usado dicho eslogan para la promoción de los partidos de la selección por lo menos desde el Mundial de 2006. Pero el registro legal ante el IMPI permite al beneficiario hacer uso exclusivo para fines de explotación comercial, como si se tratara de una marca.

Al negar la petición de Televisa, el IMPI se basó en el artículo 151 de la Ley de la Propiedad Industrial, que señala como requisito para la nulidad de una marca, que el interesado demuestre haber utilizado otra "idéntica o semejante en grado de confusión" antes del otorgamiento del registro que se impugna y de manera ininterrumpida.

Televisa cuestionó, mediante una demanda de amparo, la resolución del IMPI y la constitucionalidad de seis artículos de la ley mencionada, entre ellos el 98 Bis, que contempla los casos en que la autoridad puede declarar que una marca es "notoriamente conocida y famosa".

El pasado 27 de abril, la juez federal Ana Luisa Mendoza dio la razón parcialmente a Televisa y ordenó al IMPI emitir una nueva resolución con base en los lineamientos fijados en su sentencia, lo que no necesariamente garantiza que se anulará el registro obtenido por la firma de Ricardo Salinas Pliego.

Desde enero, la juez había otorgado a Televisa una suspensión para que, mientras se resuelve el litigio, TV Azteca no pueda hacer uso exclusivo de la frase Ponte la Verde.

La sentencia de Mendoza fue impugnada por todos los interesados: TV Azteca, el IMPI, la Secretaría de Economía, el Presidente de la República en su carácter de promulgador de la Ley de la Propiedad Industrial, y hasta Televisa, por considerar que el fallo no le otorga todos los beneficios a que aspira. El caso fue turnado originalmente al Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, que el 13 de agosto se declaró incompetente y envió el caso a la Primera Sala de la Corte.

Los ministros sólo analizarán la constitucionalidad del artículo 151 de la Ley de la Propiedad Industrial, tema sobre el que no han dictado jurisprudencia.

Es probable que, una vez discutido este punto en la SCJN, el expediente volvería al tribunal colegiado para que estudie la resolución del IMPI y determine si confirma la sentencia de la juez.

La ley dice textual...

Ley de la Propiedad Industrial

Artículo 151

El registro de una marca será nulo cuando:

I. Se haya otorgado en contravención de las disposiciones
de esta Ley o la que hubiese estado vigente en la época de
su registro.

II. La marca sea idéntica o semejante en grado de
confusión, a otra que haya sido usada en el país o en el
extranjero con anterioridad a la fecha de presentación de
la solicitud de la marca registrada y se aplique a los
mismos o similares productos o servicios, siempre que,
quien haga valer el mejor derecho por uso anterior,
compruebe haber usado una marca ininterrumpidamente en el
país o en el extranjero, antes de la fecha de presentación
o, en su caso, de la fecha de primer uso declarado por el
que la registró.

III. El registro se hubiera otorgado con base en datos
falsos contenidos en su solicitud. regresar a titulares


Fuente: GRUPO REFORMA

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Pirata Morado
(Acceso PirataMorado)
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En lo que pierden el tiempo

September 23 2009, 12:09 PM 

Fíjense nada más en lo que pierde el tiempo la Suprema Corte de Justicia. Con razón ganan lo que ganan!

Es decir que es más importante decidir si "Ponte la verde" le corresponde a TVAzteca o si es una "marca general" que también puede utilizar Televisa que atender cualquiera de las siguientes situaciones:

a) Lydia Cacho y el Gober Precioso.
b) Jacinta Marcial, 2 años en la cárcel por secuestrar a 6 elementos de la AFI.
c) el caso de las guarderías del IMSS de Sonora.

Entre muchos otros, estos casos han despertado el interés de la opinión pública, y han sido "resueltos" de manera lamentable.

Mientras tanto Televisa y TVAzteca se pelean por los derechos de autoría de la frase "Ponte la verde".

 
 

(Acceso moncayitos)
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Re: SCJN revisa pugna Televisa-TV Azteca por "Tri"

September 23 2009, 12:12 PM 

dan pena esos tipos ,ganando lo que ganan y le dan tiempo y espacio a uno cosa que se peude resolver en otro lado,pero bueno estamos en Mexico todo se puede .

 
 
hugo
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Re: SCJN revisa pugna Televisa-TV Azteca por "Tri"

September 23 2009, 1:09 PM 

de acuerdo con Pirata Morado, pura pena dan

 
 
Miron
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Re: SCJN revisa pugna Televisa-TV Azteca por "Tri"

September 23 2009, 3:28 PM 

Degracidamente ninguno de esos otros casos cuenta con bufetes y ejercitos de abogados para llevar adelante el asunto. Y es que la decision sobre esta disputa implica quien se lleva las ganacias de un negocio multimillonario.

Adelante con el circo, por que ahora ni para pan...


 
 


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Niega SCJN amparo a Televisa por frase "ponte la verde"

September 23 2009, 8:24 PM 

Invertia México

MEXICO, Septiembre. 23.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación negó un amparo a la empresa Televisa, como parte de la disputa que ésta sostiene con su competidora Televisión Azteca por el registro marcario de la frase "Ponte la Verde", utilizada para identificar a la Selección Nacional de futbol.

La Primera Sala de la Corte declaró Constitucional el artículo 151 de la Ley de Propiedad Industrial, que establece los escenarios bajo los cuales se puede declarar la nulidad de un registro marcario.

En este caso, Televisa demandó la nulidad del registro de "Ponte la Verde", otorgado a TV Azteca en enero de 2006.

Pero el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) negó la solicitud de la empresa de Emilio Azcárraga en noviembre de 2008, por considerar que no acreditó un uso ininterrumpido previo al de su rival.

Televisa promovió un amparo en el que alegó que el artículo 151 es inconstitucional por no definir lo que debe entenderse por "uso ininterrumpido", lo que según sus abogados genera inseguridad jurídica y permite la actuación discrecional del IMPI.

Pero la Corte rechazó hoy estos argumentos, y recordó que en repetidas ocasiones ha señalado que la falta de definición de ciertos términos en las leyes, no necesariamente las hace inconstitucionales.

"Sería una imposibilidad fáctica y contrario a la técnica legislativa que el legislador definiera 'uso ininterrumpido' de manera circunstancial dada la cantidad de productos o servicios que en un momento dado pudieran existir", afirmó la Corte al aprobar una sentencia del Ministro José Ramón Cossío.

Pese a este fallo, Televisa no ha perdido el litigio.

En abril pasado, una juez federal le otorgó el amparo en primera instancia, pero por fallas del IMPI, al que ordenó emitir una nueva resolución subsanando ciertos defectos, lo que no necesariamente resultaría en la nulidad del registro de TV Azteca.

Este aspecto del juicio no le correspondía revisarlo a la Suprema Corte, sino a un tribunal colegiado de circuito, que en las próximas semanas recibirá el expediente y determinará si confirma el fallo de la juez.

Tanto Televisa como TV Azteca han utilizado rutinariamente la frase "Ponte la Verde", al desde el Mundial de Alemania 2006.

Sin embargo, el registro legal ante el IMPI permite al beneficiario hacer uso exclusivo para fines de explotación comercial, como si se tratara de una marca.


Fuente: GRUPO REFORMA

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